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Economía y Política

El Gobierno apeló ante la Corte el fallo que frena el uso de las reservas


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Economía: El nuevo Procupardor Genaral del Tesoro, Joaquín Da Rocha, presentó un recurso extraordinario a la Cámara en lo Contencioso Administrativo para que evalúen si se puede usar ese dinero para pagar la deuda.


El gobierno nacional apeló hoy a la Corte Suprema de Justicia el fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que durante la feria judicial frenó el decreto que creó el Fondo del Bicentenario, para utilizar u$s 6.569 millones de reservas del Banco Central para el pago de deuda pública.

En la apelación, el Poder Ejecutivo le pidió a la Cámara que envíe el fallo al máximo tribunal con “efecto suspensivo” sobre el freno del uso de los fondos federales, informaron fuentes judiciales.

La Procuración del Tesoro de la Nación, donde recientemente asumió como titular Joaquín Da Rocha, presentó un recurso extraordinario ante la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso, integrada por los jueces Jorge Morán, Sergio Fernández y Luis María Márquez.

El tribunal recibió las apelaciones a la medida cautelar que en enero emitieron las camaristas de feria Marta Herrera y Clara Do Pico, quienes confirmaron la resolución de la jueza de primera instancia María José Sarmiento que frenó la aplicación del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 2010/09 del Fondo del Bicentenario hasta tanto el Congreso se pronuncie sobre la validez del DNU.

Se trata de dos causas que iniciaron el diputado nacional del PRO Federico Pinedo y el senador de la UCR Gerardo Morales y que durante la feria fueron analizadas en conjunto.

Las apelaciones iban a ser tratadas en dos causas distintas por dos salas del tribunal, pero por “conexidad” la Cámara resolvió que ambas queden radicadas en la Sala IV. Altas fuentes del máximo tribunal confirmaron que son pocas las posibilidad de que la apelación del Gobierno prospere.

Esto es porque el fallo de la Cámara Contencioso que frenó la aplicación del DNU es una medida cautelar y la Corte Suprema solo revisa sentencias definitivas, lo que no es equiparable a una cautelar.

 


Viernes, 05 de febrero del 2010
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